Micelio

Artículo 44

Es Obligatoria La Inscripción De Todos Los Ciudadanos Nacidos O Avecinados En Un Municipio, Aun Cuando Existan Causales De Aplazamiento O De Exención, Las Que No Podrán Ser Atendidas Mientras No Se Cumpla Con Aquel Requisito

Decreto 2200 de 1946 · Por el cual se reglamenta la Ley 1ª de 1945, sobre servicio militar obligatorio

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Es obligatoria la inscripción de todos los ciudadanos nacidos o avecinados en un Municipio, aun cuando existan causales de aplazamiento o de exención, las que no podrán ser atendidas mientras no se cumpla con aquel requisito.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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