°. En caso de ausencia temporal de un Jefe de Misión, a éste se le seguirá girando la partida para gastos de arrendamiento de su residencia y de las oficinas de Cancillería, si continuaren bajo contrato. y en el caso de que su residencia y las oficinas de Cancillería se hallen en un inmueble de propiedad del Estado, se le girará la partida para gastos de sostenimiento de dicho inmueble.
Decreto 906 de 1962 →Vigente
Artículo 9
En Caso De Ausencia Temporal De Un Jefe De Misión, A Éste Se Le Seguirá Girando La Partida Para Gastos De Arrendamiento De Su Residencia Y De Las Oficinas De Cancillería, Si Continuaren Bajo Contrato
Decreto 906 de 1962 · Por el cual se reglamenta los gastos de arrendamiento y de sostenimientos de inmuebles para las Misiones Diplomáticas en el Exterior
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.