Artículo decimosegundo. El reglamento debe contener disposiciones normativas de los siguientes puntos: 1º Indicación del nombre del propietario y del servicio o agencia lucrativa de colocación o empleo y domicilio del mismo. 2º Condiciones y requisitos para la inscripción de aspirantes trabajadores. 3º Valor de la inscripción o matrícula del aspirante trabajador. 4º Procedimiento de colocación del personal inscrito, tiempo de vigencia del valor de inscripción pagado por el aspirante trabajador o caducidad de éstos. 5º Obligaciones y derechos del aspirante trabajador. 6° Requisitos de aceptación de solicitud de trabajadores formulada por empleadores. 7º Valor de la comisión u honorarios que cobra el servicio o agencia al empleador solicitante por el suministro de trabajadores. 8º Obligaciones y derechos que contrae el empleador respecto al servicio o agencia a través de la cual fue ocupado el trabajador. 9° Obligaciones del servicio o agencia privado lucrativo de colocación o empleo, tanto frente a aspirantes, como trabajadores y empresas que utilizan sus servicios. 10. Publicación y vigencia del reglamento.
Decreto 2676 de 1971 →Vigente
Artículo 12
Decreto 2676 de 1971 · Por el cual se reglamenta el Decreto 2318 de 1953, y se regula el funcionamiento de los servicios o agencias lucrativas particulares de colocación o empleo
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.