Las organizaciones integrativas de grado superior conformadas por fondos de empleados podrán tener representación en las entidades descentralizadas cuya finalidad sea el desarrollo económico o social y la capacitación de las clases trabajadoras, y en especial en aquellas que se propongan los siguientes objetivos
El control de la especulación y el acaparamiento de los bienes de consumo masivo;
La defensa de la producción en general, del trabajo, y la racionalización de los mecanismos de distribución de las mercancías;
La fijación de salarios;
El incremento del ahorro y el otorgamiento y regulación del crédito;
La planeación, financiación y solución de la vivienda;
El estudio, planeación y organización de sistemas de previsión, asistencia y seguridad sociales;
La programación y ejecución de servicios de capacitación laboral y de campañas contra el desempleo.