Micelio

Artículo 9

Ley 30 de 1969 · por la cual se dictan normas sobre la composición y el funcionamiento de los Concejos Municipales y se dan unas autorizaciones al Gobierno.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando el Alcalde presente proyectos de acuerdo sobre planes y programas de desarrollo económico y social o de obras públicas, el Concejo podrá crear una Comisión del Plan encargada de dar primer debate a dichos proyectos y de vigilar su ejecución.

Esta Comisión estará integrada por no más de la mitad de los miembros de la Corporación y se podrá reunir, conforme al reglamento del respectivo Concejo, con anterioridad a los distintos períodos de sesiones ordinarias.

Si la Comisión del Plan encargada de dar primer debate a los proyectos de acuerdo sobre planes y programas de desarrollo económico y social o de obras públicas, dejare pasar el período de sesiones sin darle el debate previsto, el Alcalde podrá poner en vigencia el proyecto de acuerdo presentado por él.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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