º El Gobierno tomará inmediatamente las medidas necesarias para que por un organismo técnico se proceda a dotar a los ciudadanos de un elemento de identificación que ofrezca la máxima garantía de autenticidad.
Decreto 1037 de 1951 →Vigente
Artículo 1
El Gobierno Tomará Inmediatamente Las Medidas Necesarias Para Que Por Un Organismo Técnico Se Proceda A Dotar A Los Ciudadanos De Un Elemento De Identificación Que Ofrezca La Máxima Garantía De Autenticidad
Decreto 1037 de 1951 · Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre elecciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.