Secretaría General. Son funciones de la Secretaría General, las siguientes:
1. Asesorar al Presidente de la compañía en la adopción de políticas y normas necesarias o convenientes para la gestión de la organización.
2. Representar a la compañía ante los distintos órganos de Control y Vigilancia, en los asuntos relacionados con la Sociedad.
3. Ejercer la Secretaría en las sesiones de la Junta Directiva, de la Asamblea de Accionistas y de los Comités de Presidencia.
4. Autenticar los documentos que se expidan por parte de los funcionarios de la compañía, cuando así se soliciten.
5. Absolver consultas, prestar asistencia técnica y emitir conceptos en los asuntos encomendados por la administración.
6. Asistir y participar, en representación del organismo, en reuniones, consejos, juntas o comités de carácter oficial, cuando sea convocado o delegado por autoridad competente.
7. Coordinar el grupo de Control Disciplinario Interno que se cree para el cumplimiento de lo señalado en la Ley 734 de 2002.
8. Instruir y fallar en primera instancia las investigaciones disciplinarias que se adelantan contra todos los servidores de la compañía por conductas que conlleven incumplimiento de deberes, extralimitación en el ejercicio de las funciones y derechos, prohibiciones y violación del régimen de inhabilidades, incompatibilidades, impedimentos y conflicto de intereses. La segunda instancia será de competencia del Presidente de la Empresa.
9. Coordinar junto con el grupo de Control Disciplinario Interno, los proyectos de actos administrativos por medio de los cuales se ejecutan las sanciones disciplinarias impuestas a los servidores de la entidad.
10. Recibir y tramitar las quejas que presentan los clientes, por irregularidades cometidas por los servidores de la empresa en la prestación del servicio, e iniciar la investigación disciplinaria si así lo amerita o dar traslado de las mismas, cuando lo considere pertinente, al grupo de Control Disciplinario Interno.
11. Preparar y presentar los informes sobre las actividades desarrolladas, con la oportunidad y periodicidad requeridas.
12. Las demás funciones que le sean asignadas inherentes a la naturaleza de la dependencia.