Micelio

Artículo 2

Decreto 18701103 de 1870 · trasladando de un Departamento a otro determinado crédito.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 2.° La respectiva Secretaría hará que en las cuentas de la esperada vijencia se practiquen las operaciones consiguientes a que da lugar este traslado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 18701103 de 1870