Micelio

Artículo 12

Decreto 491 de 1904 · por el cual se reglamenta la Ley 89 de 1903, sobre Instrucción pública.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 12. También pueden los inspectores locales suspender a los Maestros de escuela en los casos siguientes, dando cuenta del procedimiento al Inspector provincial: 1° Cuando estén malversando los útiles de la escuela que están a su cargo; 2° Cuando el Maestro cometa una falta grave contra la Religión, la moral o la decencia pública; 3° Cuando se hayan entregado al juego o al uso del licor; y 4° Cuando se descubra que padecen enfermedad contagiosa.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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