Micelio

Artículo 78

Decreto 1732 de 1997 · por el cual se reglamenta el título IX de la Ley 201 de 1995 y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Retiro de la carrera administrativa. El retiro del servicio por cualquiera de las causales previstas en el artículo anterior, conlleva el retiro de la carrera administrativa y la pérdida de los derechos inherentes a ella. Cuando el empleado de Carrera toma posesión de un empleo distinto del que es titular, sin haber cumplido el proceso de selección, o nombrado y posesionado en un cargo de libre nombramiento y remoción, perderá sus derechos de Carrera, salvo cuando lo desempeñe por comisión de servicio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1732 de 1997