Retiro de la carrera administrativa. El retiro del servicio por cualquiera de las causales previstas en el artículo anterior, conlleva el retiro de la carrera administrativa y la pérdida de los derechos inherentes a ella. Cuando el empleado de Carrera toma posesión de un empleo distinto del que es titular, sin haber cumplido el proceso de selección, o nombrado y posesionado en un cargo de libre nombramiento y remoción, perderá sus derechos de Carrera, salvo cuando lo desempeñe por comisión de servicio.
Decreto 1732 de 1997 →Vigente
Artículo 78
Decreto 1732 de 1997 · por el cual se reglamenta el título IX de la Ley 201 de 1995 y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.