Micelio

Artículo 17

La Sección De Publicaciones Y Audiovisuales Ejercerá Bajo La Coordinación De La Subdirección General Administrativa Las Siguientes Funciones: A) Colaborar Y Asesorar A Las Diferentes Dependencias Del Ministerio En El Diseño Y Diagramación De Libros, Revistas, Periódicos, Cartillas Y Demás Material Audiovisual Requerido Para El Desarrollo De Sus Funciones; B) Realizar El Levantamiento, Edición Y Publicación De Las Formas Impresas Requeridas Por El Ministerio; C) Responder Por El Uso Adecuado De Los Equipos Y Material Utilizado Para El Desarrollo De Las Actividades, Así Como Del Mantenimiento De Los Mismos; D) Coordinar Y Asesorar A Las Diferentes Dependencias En Las Actividades A Realizar Mediante Ayudas Audiovisuales; E) Colaborar Con La Oficina De Planeación En El Cálculo De Las Partidas Presupuestales Para Adquisición De Equipos Y Materiales Requeridos Por La Sección; F) Diseñar, Preparar, Editar, Y Divulgar Material Impreso, Visual Y Auditivo Como Apoyo A Las Actividades Del Ministerio Y Acorde Con El Plan Estratégico; G) Las Demás Funciones Que Le Sean Asignadas De Acuerdo A La Naturaleza Del Área

Decreto 2035 de 1991 · por el cual se establece la estructura Interna del Ministerio de Gobierno, se determinan sus funciones y se dictan unas disposiciones complementarias al efecto.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Sección de Publicaciones y Audiovisuales ejercerá bajo la coordinación de la Subdirección General Administrativa las siguientes funciones

a)

Colaborar y asesorar a las diferentes dependencias del Ministerio en el diseño y diagramación de libros, revistas, periódicos, cartillas y demás material audiovisual requerido para el desarrollo de sus funciones;

b)

Realizar el levantamiento, edición y publicación de las formas impresas requeridas por el Ministerio;

c)

Responder por el uso adecuado de los equipos y material utilizado para el desarrollo de las actividades, así como del mantenimiento de los mismos;

d)

Coordinar y asesorar a las diferentes dependencias en las actividades a realizar mediante ayudas audiovisuales;

e)

Colaborar con la Oficina de Planeación en el cálculo de las partidas presupuestales para adquisición de equipos y materiales requeridos por la Sección;

f)

Diseñar, preparar, editar, y divulgar material impreso, visual y auditivo como apoyo a las actividades del Ministerio y acorde con el plan estratégico;

g)

Las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo a la naturaleza del área.

Parágrafo

El Ministerio podrá celebrar convenios con sus entidades adscritas para el recaudo de fondos provenientes de la venta de publicaciones y audiovisuales que se realicen en esta Sección. Los fondos recaudados se manejarán en cuenta especial y se destinarán exclusivamente a atender las necesidades que tenga la Sección. Sección de Publicaciones y Audiovisuales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2035 de 1991