Micelio

Artículo 83

Delegase Con El Ministro De Educación El Nombramiento Del Personal Del Ministerio, Correspondiente A Cargos Inferiores A Los Jefes De División Pertenecientes A La Carrera Por Resolución, Y De Acuerdo Con Las Normas Que Al Respecto Dicte El Departamento Administrativo Del Servicio Civil

Decreto 1637 de 1960 · Por medio del cual se reorganiza el Ministerio de Educación Nacional y se determinan sus funciones

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Delegase con el Ministro de Educación el nombramiento del personal del Ministerio, correspondiente a cargos inferiores a los Jefes de División pertenecientes a la Carrera por Resolución, y de acuerdo con las normas que al respecto dicte el Departamento Administrativo del Servicio Civil. El Ministro, en acuerdo con los negocios adscritos al Ministerio por el artículo 1° del presente Decreto, ajustará, cuando las circunstancias lo requieran, las funciones fijadas a las distintas dependencias, previo concepto de la comisión de Reforma Administrativa o de la fecha de su expedición, y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias. Comuníquese y publíquese.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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