º. El pasaporte contendrá, como requisitos de primordial importancia, el retrato y la firma del interesado puesta ante el funcionario que expida el documento, y los siguientes datos de filiación: Talla, cabellos, ojos, frente, nariz, boca, color, señales particulares, lugar y fecha de nacimiento, número y lugar de expedición de la cédula de ciudadanía por varones mayores o de identidad expedida por la Policía Nacional para las mujeres y menores, estado civil y profesión.
Artículo 5
El Pasaporte Contendrá, Como Requisitos De Primordial Importancia, El Retrato Y La Firma Del Interesado Puesta Ante El Funcionario Que Expida El Documento, Y Los Siguientes Datos De Filiación: Talla, Cabellos, Ojos, Frente, Nariz, Boca, Color, Señales Particulares, Lugar Y Fecha De Nacimiento, Número Y Lugar De Expedición De La Cédula De Ciudadanía Por Varones Mayores O De Identidad Expedida Por La Policía Nacional Para Las Mujeres Y Menores, Estado Civil Y Profesión
Decreto 798 de 1941 · sobre pasaportes colombianos
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.