De la partida global liquidada en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal en curso, para el Ministerio de Fomento, en el Capitulo 87- Construcciones y Aportes Artículo 1158, "para construcción de obras de fomento y turismo o aportes a la mismas, según distribución que hará el Gobierno Nacional por decreto separado", hacerse la siguiente distribución parcial:
Capítulo 87, articulo 1158.
Ordinal 1° Para pagar un quinto aporte del Gobierno nacional en la suscripción y cancelación de acciones de capital del Estado en la construcción y dotación del Hotel de Turismo de Cúcuta, S.A. ( Decretos legislativos números 1494 de 1950, 2026 de 1953, 1887 y 2436 de 1954, y Decreto numero 3559 de 1950), $600.000.oo.