°. Enlace entre la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) y el Gobierno nacional designase al Ministro de Justicia y del Derecho como funcionario de enlace entre el Gobierno nacional y la JEP, para que en el marco de sus competencias den cumplimiento a las funciones transitorias de que trata el Acuerdo Especial. El Ministro de Justicia y del Derecho podrá delegar esta designación en el Viceministro de Promoción de la Justicia.
Para la puesta en marcha de la JEP, el certificado de disponibilidad presupuestal para proveer los cargos de Secretario Ejecutivo y de Presidente de la Jurisdicción Especial para la Paz será expedido por el Jefe de Presupuesto del Ministerio de Justicia y del Derecho o quien haga sus veces, con cargo a los recursos de dicha jurisdicción. Los servidores públicos del Ministerio de Justicia y del Derecho podrán ser comisionados para cumplir con las labores que se requieran para la puesta en funcionamiento de la Jurisdicción Especial para la Paz.