Micelio

Artículo 201

Clases De Providencias

Ley 2452 de 2025 · por la cual se expide el Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El juez dentro del proceso se pronunciará mediante providencias que pueden ser autos o sentencias, las cuales serán proferidas en leguaje claro y lectura fácil.

Son sentencias las que deciden sobre las pretensiones de la demanda; las excepciones de mérito, cualquiera que fuere la instancia en que se pronuncien; el incidente de liquidación de perjuicios; la condena en concreto; la regulación de honorarios; y las que resuelven los recursos de casación, revisión y anulación de laudos.

Son autos todas las demás providencias de trámite o interlocutorias.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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