Adición al Presupuesto de Ingresos del Sistema General de Regalías 2021-2022. Atendiendo lo dispuesto en el artículo 138 y el numeral 2 del artículo 152 de la Ley 2056 de 2020 y el artículo 15 de la Ley 2072 de 2020 adiciónese al Presupuesto de Ingresos del Sistema General de Regalías para el bienio del 10 de enero de 2021 al 31 de diciembre de 2022 , la suma de DIECIOCHO BILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS SETENTA MIL TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE PESOS MONEDA LEGAL ($18 .233.847.670.339), que corresponden a la Disponibilidad Inicial 2021 - 2022, a los excedentes financieros que fueron incorporados en la bienalidad 2019-2020 para el adelanto para la Paz y el saldo del mayor recaudo de la vigencia presupuestal2017 -2018, así:
Decreto 317 de 2021 →Vigente
Artículo 5
Adición Al Presupuesto De Ingresos Del Sistema General De Regalías 2021-2022
Decreto 317 de 2021 · “Por el cual se cierra el presupuesto de la vigencia 2019 - 2020 y se adiciona el presupuesto del bienio 2021-2022 del Sistema General de Regalías incorporando la Disponibilidad Inicial 2021-2022 y el saldo del mayor recaudo 2017 – 2018”
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.