Micelio

Artículo 53

Mientras Se Expide La Ley Que Desarrolle El Artículo 361 De La Constitución Política, Los Recursos De La Nación Correspondientes A La Participación De Regalías Mineras Que Señala La Ley Y En Especial Las Provenientes De Hidrocarburos De Liquidaciones Efectuadas Por Ecopetrol Deberán Ser Giradas Periódicamente A La Dirección Del Tesoro Nacional, A Más Tardar Al Mes Siguiente De Su Causación

Decreto 2660 de 1993 · por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 1994, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 53. Mientras se expide la ley que desarrolle el artículo 361 de la Constitución Política, los recursos de la Nación correspondientes a la participación de regalías mineras que señala la ley y en especial las provenientes de hidrocarburos de liquidaciones efectuadas por ECOPETROL deberán ser giradas periódicamente a la Dirección del Tesoro Nacional, a más tardar al mes siguiente de su causación. Se exceptúan las regalías y los impuestos al carbón del Cerrejón zona norte de que trata el artículo 134 de la Ley 6ª de 1992.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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