Micelio

Artículo 1

Ley 71 de 1939 · por la cual se conceden unos auxilios

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Auxiliase con la cantidad de treinta mil pesos ($ 30.000.00) la construcción de los mataderos públicos en cada una de las ciudades de Chiquinquirá y Sogamoso, del Departamento de Boyacá.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 71 de 1939