Son Causas, Además De Las Previstas En El Código Militar, Para La Pérdida De Las Pensiones O Sueldos De Retiro Que Disfrutan Los Oficiales En Retiro, Las Siguientes: 1ª
Decreto 2402 de 1944 · Por el cual se reorganiza la carrera de Oficiales del ejército, se señalan prestaciones sociales para los empleados civiles del ramo de Guerra y se dictan otras disposiciones sobre prestaciones sociales a los individuos de tropa
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El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Son causas, además de las previstas en el Código Militar, para la pérdida de las pensiones o sueldos de retiro que disfrutan los Oficiales en retiro, las siguientes: 1ª. Pertenecer a directorios, comités o asociaciones políticas. 2ª. Incitar por medio de la prensa, en reuniones políticas o cualquiera otra forma, a la ejecución de actos subversivos o que tiendan a desconocer las prerrogativas legales o constitucionales del Gobierno o a crearle dificultades. 3ª. Poseer o guardar armas pertenecientes a los parques nacionales.
Parágrafo
Para hacer esta declaración, el Gobierno sólo necesita de una información breve y sumaria, pero la resolución que él dicte es revisable por el Consejo de Estado.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.