° La partida que se traslada llevará la siguiente imputación : MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS capitulo 83 Edificios nacionales. Artículo 617. Para construcción, reparación y conservación del Capitolio y demás edificios nacionales $ 50,000 Total $ 50,000
Las Oficinas ordenadoras y pagadoras respectivas describirán en sus libros las operaciones a que da lugar el presente Decreto. Publíquese