° El artículo 3° del Decreto número 525 de 1975 quedará así; el personal de profesores, instructores, consejeros y directores de departamento al servicio de los Institutos de Educación Media Diversificada-INEM e Institutos Técnicos Agrícolas-ITA, que se halle inscrito en las categorías especiales del Escalafón Nacional de Enseñanza Media, tendrá derecho a percibir, además de su sueldo total, los siguientes porcentajes, de su sueldo básico; 4ª Categoría Especial, el 10% 3ª Categoría Especial, el 20 " 2ª Categoría Especial, el 30 " 1ª Categoría Especial, el 40 "
Artículo 2
El Artículo 3° Del Decreto Número 525 De 1975 Quedará Así; El Personal De Profesores, Instructores, Consejeros Y Directores De Departamento Al Servicio De Los Institutos De Educación Media Diversificada-Inem E Institutos Técnicos Agrícolas-Ita, Que Se Halle Inscrito En Las Categorías Especiales Del Escalafón Nacional De Enseñanza Media, Tendrá Derecho A Percibir, Además De Su Sueldo Total, Los Siguientes Porcentajes, De Su Sueldo Básico; 4ª Categoría Especial, El 10% 3ª Categoría Especial, El 20 " 2ª Categoría Especial, El 30 " 1ª Categoría Especial, El 40 " Afecta La Vigencia De: [ Mostrar ] Aclara Artículo 3 Decreto 525 De 1975
Decreto 1418 de 1975 · Por el cual se aclaran los Decretos 524 y 525 de 1975
El texto del artículo
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.