Para legalizar el señor Pedro E. Gómez O., ex Contador Pagador del Regimiento de Infantería Sucre número 2, los gastos hechos en virtud del Decreto número 38 de 1929, y que están debidamente comprobados, pero que fueron objetados por la Contraloría General de la República, por falta de autorización del Departamento de Provisiones, la suma de mil ciento noventa y cinco pesos $ 1,195
Ley 40 de 1931 →Vigente
Artículo 5
Ley 40 de 1931 · Por la cual se legalizan varios pagos correspondientes a los presupuestos de 1927 a 1929, en el Ministerio de Correos y Telégrafos, en el de Hacienda y Crédito Público, en el de Guerra, y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.