Micelio

Artículo 37

Los Requisitos Para El Registro De Aparatos E Instrumentos Que Incidan En La Salud O Que Puedan Tener Peligrosidad Con El Contacto Con El Ser Humano, Serán Determinados Por El Gobierno En Reglamento Posterior

Decreto 281 de 1975 · Por el cual se reglamenta el registro de medicamentos, productos alimenticios, cosméticos, materiales de curación, plagicidas de uso doméstico, detergentes y otros productos que inciden en la salud

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los requisitos para el registro de aparatos e instrumentos que incidan en la salud o que puedan tener peligrosidad con el contacto con el ser humano, serán determinados por el Gobierno en reglamento posterior.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 281 de 1975