Los derechos de importación sobre las bebidas espirituosas, como brandi, coñac, ron, Ginebra, whiskey & a ., serán, desde el 1o. de Julio próximo, cuarenta centavos por kilogramo.
Decreto 208 de 1886 →Vigente
Artículo 1
Decreto 208 de 1886 · Por el cual se fijan los derechos de importación sobre las bebidas espumosas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.