Pruebas o instrumentos de selección . Las pruebas o instrumentos de selección tienen como finalidad establecer las aptitudes, las habilidades, los conocimientos, la experiencia y el grado de adecuación de los aspirantes a la naturaleza y al perfil de los empleos que deben ser provistos, y permitir la clasificación de dichos aspirantes. La valoración de estos rasgos se hará mediante pruebas escritas, de ejecución, análisis de antecedentes, entrevistas, evaluaciones finales de los cursos efectuados por la entidad y otros medios técnicos que permitan conocer las áreas objeto de evaluación y que respondan a criterios de objetividad e imparcialidad, con parámetros de calificación previamente definidos por el Procurador General. La prueba de análisis de antecedentes es obligatoria. Además, se aplicarán, como mínimo, dos (2) pruebas más, de las cuales por lo menos una tendrá carácter eliminatorio y una de ellas deberá ser escrita. Corresponde al Procurador General determinar las pruebas que se aplicarán para cada convocatoria y definir cuál de ellas tendrá carácter eliminatorio. Para los empleos cuyo requisito de estudios sea igual o inferior al último grado de educación media podrá reemplazarse la prueba escrita por una de ejecución.
El Procurador General determinará el valor máximo de cada una de las pruebas que se deban aplicar en los concursos.