Gastos de formación Se consideran derechos de formación a los rubros pagados a jugadores aficionados por concepto de alimentación, habitación vestuario, transporte el lugar de entrenamiento, gastos médicos, de capacitación o competencia, elementos de trabajo, costos de viaje y alojamiento por un partido, gastos de equipamiento, preparación y seguros del jugador, entre otros relacionados. No cumplen con los requisitos para ser reconocidos como activos dentro de los estados financieros, ya que no cuentan con todas las condiciones para ser reconocidos como activos pues es incierto su potencial de producir beneficios económicos y, además, su control.
Artículo 5.5.5.3.2
Circular 100-000019 de 2026 · Circular Externa 100-000019 de 2 de julio de 2026
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.