Micelio

Artículo 30

Vigilancia, Inspección Y Control

Decreto 412 de 2007 · por el cual se reestructura la Superintendencia de Notariado y Registro.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Vigilancia, inspección y control . La Superintendencia de Notariado y Registro tendrá la titularidad de la acción disciplinaria contra Notarios, Registradores de Instrumentos Públicos y funcionarios de las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos y de la Superintendencia. La vigilancia, inspección y control que ella ejerce se desarrollará y aplicará mediante sistemas de regulación preventiva, informes solicitados y suministrados por los sujetos vigilados y por las visitas generales, especiales y de seguimiento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 412 de 2007