Micelio

Artículo 3

Ley 30 de 1984 · por la cual se autoriza a la Asamblea del Cauca para la emisión de una estampilla con destino a la reconstrucción del edificio de la Gobernación, del Centro Administrativo Municipal de Popayán y otros edificios públicos en el Departamento.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Autorízase a la Asamblea Departamental del Cauca para reglamentar la tarifa discriminatoria de la estampilla y demás asuntos inherentes al uso obligatorio de ésta, en todas las operaciones que se lleven a cabo en el departamento y los municipios, sobre los cuales tenga jurisdicción la referida Corporación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 30 de 1984