La enajenación a título oneroso se hará por separado para cada lote parcelado, sin las formalidades de la licitación pública, en condiciones liberales de precio y facilidad de pago, en contados divididos, en plazos equitativos y por un término no mayor de veinte años.
Al precio estipulado se disminuirá el valor de las mejoras de los ocupantes, previo avaluó de ellas con intervención del Personero Municipal.