Micelio

Artículo 2

El Protocolo Para La Seguridad, Comodidad Y Convivencia En El Fútbol, Deberá Ser Implementado Por Las Comisiones Locales Para La Seguridad, Comodidad Y Convivencia En El Fútbol Presididas Por Los Respectivos Alcaldes, Quienes Son Jefes De La Administración Local Según Lo Dispuesto Por El Artículo 314 De La Constitución Política

Decreto 1717 de 2010 · por la cual se adopta el Protocolo para la Seguridad, Comodidad y Convivencia en el Fútbol y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El Protocolo para la Seguridad, Comodidad y Convivencia en el Fútbol, deberá ser implementado por las Comisiones Locales para la Seguridad, Comodidad y Convivencia en el fútbol presididas por los respectivos Alcaldes, quienes son jefes de la administración local según lo dispuesto por el artículo 314 de la Constitución Política.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1717 de 2010