Micelio

Artículo 17

Ley 52 de 1912 · Sobre creación y organización de la Intendencia Nacional de San Andrés y Providencia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Gobernación de Bolívar servirá de órgano de comunicación entre el Gobierno Nacional y el Intendente, y podrá intervenir en la administración de la Intendencia, en los casos que determine el Gobierno al reglamentar esta Ley, o en decretos posteriores.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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