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Artículo 9

Fuentes De Financiación Y Operaciones Presupuestales

Decreto 245 de 2026 · por medio del cual se adoptan medidas extraordinarias de carácter presupuestal, de focalización y de ejecución a cargo del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, con el propósito de conjurar la crisis e impedir la extensión de los efectos derivados del frente frío, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado mediante el Decreto número 0150 de 2026.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Fuentes de financiación y operaciones presupuestales . Las medidas previstas en el presente decreto se financiarán con cargo a las apropiaciones vigentes del Presupuesto General de la Nación asignadas al Departamento Administrativo para la Prosperidad Social (DPS), que puedan ser reorientadas de manera transitoria para la atención de la emergencia, así como con las apropiaciones adicionales y las operaciones presupuestales que se dispongan en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, con el fin de garantizar la financiación inmediata de las acciones extraordinarias requeridas para atender la situación que se pretende conjurar. Para tal efecto, las entidades competentes adelantarán las operaciones presupuestales, ajustes, distribuciones, modificaciones y demás actuaciones que resulten necesarias para la adecuada ejecución de los recursos, conforme al marco constitucional y legal aplicable al Presupuesto General de la Nación y a las reglas del sistema presupuestal vigente.

Parágrafo 1

Las disposiciones contenidas en este artículo se interpretarán y aplicarán de manera armónica con el régimen constitucional y legal del Presupuesto General de la Nación, y no implican la modificación permanente de sus reglas ni de las competencias de las autoridades presupuestales, limitándose exclusivamente a habilitar las actuaciones necesarias para la financiación inmediata de las medidas adoptadas en el presente decreto.

Parágrafo 2

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en coordinación con el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, definirá los procedimientos operativos para los giros y la disponibilidad de caja, con el fin de evitar retrasos que comprometan la finalidad de conjurar la crisis. Las operaciones presupuestales autorizadas en el presente artículo se sustentan en la necesidad de disponer de recursos adicionales con inmediatez y en condiciones excepcionales que superan los márgenes ordinarios de modificación presupuestal.

Parágrafo 3

Las operaciones presupuestales autorizadas en el presente artículo no implicarán modificación permanente de la estructura del Presupuesto General de la Nación, ni la creación de compromisos fiscales de carácter estructural o permanente; en todo caso, tendrán carácter estrictamente transitorio y se limitarán a conjurar la crisis y a impedir la extensión de sus efectos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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