Micelio

Artículo 9

º

Decreto 1397 de 1999 · por el cual se reglamentan los artículos, 6o. y 7o. del Decreto 350 de 25 de febrero de 1999, relativos a la importación de los bienes de capital destinados a la zona afectada por el terremoto en el Eje Cafetero y a la garantía exigida por efecto del beneficio

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Multa del 500%. Cuando al momento de solicitar el levante se advierta que la exención arancelaria se está reclamando con documentos falsos o por medios fraudulentos, sin perjuicio de las denuncias penales a que haya lugar, de acuerdo con el inciso 5º del artículo 670 del Estatuto Tributario, procederá una multa del quinientos por ciento (500%) del monto del gravamen arancelario, se rechazará el levante y se devolverá la declaración de importación para que se declaren, determinen y paguen los tributos aduaneros a que haya lugar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1397 de 1999