Micelio

Artículo 2

Si Resultare De Esas Diligencias La Prueba Suficiente De La Culpabilidad De Alguno De Los Sumariados, Procederá Inmediatamente Á Reducirlo A Prisión, Manteniéndolo Incomunicado Por El Tiempo Que Fuere Necesario Para El Mejor Esclarecimiento De Los Hechos, Y No Podrá Ponerlo En Libertad Sino Hasta Que El Gobernador Respectivo Ó El Ministerio De Guerra Así Lo Ordene

Decreto 1281 de 1908 · Por el cual se reglamenta el modo de proceder en la investigación de los delitos de que trata la Ley 18 de 1908, y las demás relativas al orden público

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Si resultare de esas diligencias la prueba suficiente de la culpabilidad de alguno de los sumariados, procederá inmediatamente á reducirlo a prisión, manteniéndolo incomunicado por el tiempo que fuere necesario para el mejor esclarecimiento de los hechos, y no podrá ponerlo en libertad sino hasta que el Gobernador respectivo ó el Ministerio de Guerra así lo ordene.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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