Micelio

Artículo 16

Decreto 208 de 1957 · Por el cual se crea un Instituto de Formación de Supervisores Escolares

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo diez y seis . Queda autorizado el Ministerio de Educación para dictar las disposiciones Complementarias que estime convenientes para el mejor desarrollo de las actividades del Instituto, y para hacer por resolución la distribución de las sumas destinadas al sostenimiento del Instituto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 208 de 1957