VIGILANCIA POR PARTE DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE INTENDENCIAS Y COMISARIAS A LOS BIENES Y RENTAS INTENDENCIALES Y COMISARIALES. El Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías podrá vigilar y controlar en cualquier tiempo el manejo y custodia de los bienes y rentas de las Intendencias, Comisarías, Municipios y Corregimientos, lo mismo que sus entidades descentralizadas, sin perjuicio de las funciones propias de la Contraloría General de la República, para lo cual podrá solicitar la presentación de libros, comprobantes, informes de caja y bancos y demás documentación que considere conveniente.
Decreto 469 de 1986 →Vigente
Artículo 29
Decreto 469 de 1986 · por el cual se expiden normas sobre el régimen presupuestal y fiscal de las intendencias y comisarías y sus entidades descentralizadas y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.