Art 84. Respecto al comercio de los puertos francos a los habilitados, se procederá como si la introduccion fuera de orijen estranjero.
De los documentos que deben presentarte a las Aduanas.
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Art 84. Respecto al comercio de los puertos francos a los habilitados, se procederá como si la introduccion fuera de orijen estranjero.
De los documentos que deben presentarte a las Aduanas.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.