Micelio

Artículo 206

Decreto 1843 de 1991 · por el cual se reglamentan parcialmente los Títulos III, V, VI, VII y XI de la Ley 09 de 1979, sobre uso y manejo de plaguicidas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La competencia para aplicar medidas de seguridad. La competencia para la aplicación de las medidas de seguridad la tendrán el Ministerio de Salud, los Directores Seccionales de Salud y los funcionarios que, por la decisión de uno u otros, cumpla funciones de vigilancia y control en el ámbito del presente Decreto.

Parágrafo 1

Los funcionarios que sean investidos de competencia para aplicación de medidas de seguridad, serán señalados mediante resolución que identifique sus respectivos cargos.

Parágrafo 2

Los funcionarios no comprendidos en este artículo actuarán de conformidad con sus facultades o competencias legales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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