Micelio

Artículo 159

Ley 61 de 1905 · Que organiza la Hacienda Nacional - (Conclusión)

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 159. El Jefe de Sección tendrá además de los deberes que le señale el Administrador general, los siguientes:

a)

Llevar la cuenta de Rentas y Gastos de la Nación en un libro en que se tome nota de cada capítulo del Presupuesto, con indicación de la fecha de la operación, la oficina que la ejecutó, la cantidad votada por el Congreso, que figure en el Presupuesto, los créditos adicionales, las sumas reconocidas por cada Ministerio y los pagos hechos por las respectivas oficinas; y

b)

Llevar el libro de remesas, destinado á tomar razón de la fecha en que se hace la remesa, la oficina que la recibe y la cantidad remesada. Este libro y el anterior deben llevarse con el día.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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