Micelio

Artículo 3

Decreto 997 de 1955 · Por el cual se desafectan del uso público varias zonas de terreno, se hace una cesión y se da una autorización

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero. Autorízase al señor Ministro de Obras Públicas para otorgar la correspondiente escritura pública.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 997 de 1955