Artículo tercero. A partir del primero de enero de 1939, los gastos que demanden las Comisiones a que se ha hecho mención, y los nuevos que imponga la lucha contra la epidemia del valle del Guáitara, se imputarán al artículo presupuestal de este Ministerio destinado para combatir las epidemias en el territorio de la República.
Decreto 2384 de 1938 →Vigente
Artículo 3
Decreto 2384 de 1938 · Por el cual se prorroga el funcionamiento de tres Comisiones Sanitarias de Emergencia
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.