Micelio

Artículo 2

Para La Coordinación De Que Trata El Artículo Anterior, Créase Una Comisión Asesora Para La Educación Ecológica Y Del Ambiente Que Funcionará En El Ministerio De Educación Nacional Y Estará Compuesta En La Siguiente Forma: Viceministro De Educación Nacional O Su Delegado Quien La Presidirá

Decreto 1337 de 1978 · Por el cual se reglamenta los artículos 14 y 17 del Decreto-ley 2811 de 1974

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Para la coordinación de que trata el artículo anterior, créase una comisión asesora para la educación ecológica y del ambiente que funcionará en el Ministerio de Educación Nacional y estará compuesta en la siguiente forma: Viceministro de educación nacional o su delegado quien la presidirá. Director del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior o su delegado. Gerente general del Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente o su delegado. Director general de la Capacitación, Perfeccionamiento, Currículo y Medios Educativos del Ministerio de Educación Nacional o su delegado. Subgerente de Programación del Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente o su delegado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1337 de 1978