Contenido mínimo de los códigos de propiedad. Los códigos de propiedad deberán contener por lo menos las siguientes secciones
Gestión financiera
Planificación
Gestión de riesgos
Política de sostenibilidad
Gestión social
Criterios de buen gobierno corporativo
Cada Entidad Propietaria podrá establecer criterios adicionales en su código de propiedad, con el fin de optimizar, a través de los Gestores de Propiedad, la gestión de los recursos públicos invertidos en Empresas Receptoras.