Forma de disponer destinaciones, traslados y comisiones. Las destinaciones, traslados y comisiones del personal de Agentes de la Policía Nacional se dispondrán
Por Decreto, para comisiones, al exterior: mayores de 90 días.
Por resolución Ministerial, para comisiones al exterior menores de 90 días.
Por resolución de la Dirección General de la Policía Nacional en los demás casos.