Micelio

Artículo 25

Ei Ministerio Resolverá El Recurso Dentro De Un Plazo Prudencial, Que En Ningún Caso Excederá De Treinta Días

Decreto 586 de 1934 · Por el cual se reglamenta la Ley 45 de 1933

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Ei Ministerio resolverá el recurso dentro de un plazo prudencial, que en ningún caso excederá de treinta días. La resolución ministerial, caso de que el interesado no concurra personalmente a recibir la notificación, se surtirá por edicto que se fijará en la Secretaría del Ministerio por el término de cinco días. Transcurrido un día después de la des fijación del edicto, la providencia quedará ejecutoriada.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 586 de 1934