Micelio

Artículo 2

A Partir Del 1º De Junio De 1989, Créase En El Consulado De Segunda Clase De Colombia En Nueva Loja-Ecuador, El Cargo De Cónsul De Segunda Clase, Grado Ocupacional 2 Ex, Con Una Asignación Básica Mensual De Un Mil Novecientos Quince Dólares Con 34/100 (Us$ 1

Decreto 818 de 1989 · Por el cual se crea un Consulado y un cargo en el servicio exterior de la República.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º A partir del 1º de junio de 1989, créase en el Consulado de Segunda Clase de Colombia en Nueva Loja-Ecuador, el cargo de Cónsul de Segunda Clase, Grado Ocupacional 2 EX, con una asignación básica mensual de un mil novecientos quince dólares con 34/100 (US$ 1.915.34).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 818 de 1989