Micelio

Artículo 2

Modifíquese El Artículo 2

Decreto 313 de 2024 · por el cual se modifica el Decreto número 1068 de 2015 Único Reglamentario de Sector Hacienda y Crédito Público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Modifíquese el artículo 2.9.1.2.6. del Decreto número 1068 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, el cual quedará así: Artículo 2.9.1.2.6. Registro del anexo del decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación y de sus modificaciones . La Dirección General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público registrará en el SIIF Nación el anexo del decreto de liquidación y el anexo de la composición del presupuesto de rentas de la vigencia fiscal que se inicia antes del 31 de diciembre del año en que se aprobó. Las modificaciones al decreto de liquidación y al registro, se podrán realizar dentro de cada vigencia, conforme a lo dispuesto en el 2.8.1.5.6. sobre modificaciones al gasto contenido en la Parte 8 del Título 1 del Capítulo 5 o la norma que lo modifique o sustituya.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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