Micelio

Artículo 2.19.3

Recursos Del Fondes

Decreto 1068 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Recursos del Fondes. El patrimonio del Fondes estará constituido, entre otras, por las siguientes fuentes

1.

Cuando el Gobierno nacional lo defina, los resultantes de la enajenación de la participación accionaria de la Nación, recibidos en desarrollo de un proceso regulado por la Ley 226 de 1995, después de aplicar los descuentos ordenados por la ley o decreto para otros fines, cuando ello sea aplicable.

2.

Los rendimientos que genere el Fondes, y los que obtenga por la inversión de los recursos que integran su patrimonio en la forma que se determina en esta Parte.

3.

Los recursos que obtenga a través de sus propias operaciones de crédito público y de tesorería.

4.

Los títulos valores de su propiedad, así como los recursos producto de la enajenación de los mismos; y

5.

Los recursos provenientes de nuevas fuentes de ingreso que se obtengan.

6.

Los demás que obtenga o que le asigne el Gobierno nacional a cualquier título.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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