Micelio

Artículo 2.18.3.1.14

Envío De Información Anualmente Al Icetex

Decreto 1068 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Envío de información anualmente al ICETEX. Los retenedores remitirán al ICETEX, a más tardar el treinta y uno (31) de enero de cada año, la relación de las personas naturales sujetas a la deducción y retención como mecanismo de pago contingente al ingreso para nuevas obligaciones contraídas con el ICETEX a quienes hayan efectuado retenciones por este concepto. Dicha relación deberá contener lo siguiente: 15.1. El nombre o razón social del retenedor. 15.2. La cédula o Número de Identificación Tributaria - NIT del retenedor. 15.3. Los apellidos y nombre de cada persona natural sujeta a la deducción y retención como mecanismo de pago contingente al ingreso para nuevas obligaciones contraídas con el ICETEX. 15.4. El tipo y número de identificación de cada persona natural sujeta a la deducción y retención como mecanismo de pago contingente al ingreso para nuevas obligaciones contraídas con el ICETEX. 15.5. El valor anual de los desembolsos de la nueva obligación: menor o igual o superior a veinticuatro (24) smlmv reportado por cada persona natural sujeta a la deducción y retención como mecanismo de pago contingente al ingreso para nuevas obligaciones contraídas con el ICETEX. 15.6. El valor de cada pago o abono en cuenta realizado a persona natural sujeta a la deducción y retención como mecanismo de pago contingente al ingreso para nuevas obligaciones contraídas con el ICETEX. 15.7. El (los) porcentaje(s) de deducción y retención aplicados a cada pago o abono en cuenta realizado a cada persona natural sujeta a la deducción y retención como mecanismo de pago contingente al ingreso para nuevas obligaciones contraídas con el ICETEX. 15.8. El valor retenido en cada pago o abono en cuenta realizado a cada persona natural sujeta a la deducción y retención como mecanismo de pago contingente al ingreso para nuevas obligaciones contraídas con el ICETEX. 15.9. El valor total retenido en el respectivo periodo a cada persona natural sujeta a la deducción y retención como mecanismo de pago contingente al ingreso para nuevas obligaciones contraídas con el ICETEX. 15.10. El valor total consignado por los valores retenidos a cada persona natural sujeta a la deducción y retención como mecanismo de pago contingente al ingreso para nuevas obligaciones contraídas con el ICETEX. 15.11. La firma del retenedor.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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